CAPÍTULO XLV
Es de mal ejemplo no observar una ley hecha, máxime si son sus autores quienes dejan de cumplirlas; y peligrosísimo para los que gobiernan un Estado tener en continua incertidumbre la seguridad personal.
Hecho el acuerdo y restablecidas las antiguas las antiguas instituciones en Roma, citó Virginio a Apio ante el pueblo para defender su causa. Se presentó éste acompañado de muchos nobles. Pidió Virginio que le prendieran, y Apio demandó a gritos la apelación al pueblo. Sostenía Virginio que no era digno de aquella apelación quien la había abolido, ni tener por defensor a aquel pueblo que había maltratado. Apio replicaba que no debía violar el pueblo aquel derecho de apelación, cuyo restablecimiento con tanto empeño había reclamado. A pesar de ello fue preso y, antes de ser juzgado se suicidó.
Aunque la malvada vida de Apio merecería el mayor castigo, fue sin embargo, injusto violar en su perjuicio las leyes, y mucho más la que se acababa de restablecer; pues creo que lo peor en una república es hacer una ley y no cumplirla, sobre todo si la inobservancia es por parte es por parte de quien la ha hecho.
Reformada la gobernación de Florencia en 1594 con ayuda de fray Jerónimo Savonarola, cuyos escritos demuestran la ciencia, prudencia y virtud de su ánimo, se hizo, entre otras leyes para la seguridad personal, una que establecía la apelación al pueblo de las sentencias que por delitos políticos dieran al Tribunal de los Ocho y la Señoría, ley cuya aprobación costó a Savonarola mucho tiempo y muchísimo trabajo. A poco de estar vigente condenó la Señoría a muerte a cinco ciudadanos por delitos de aquella índole. Quisieron los condenados apelar al pueblo y no se les permitió, infringiendo la ley. Este hecho desacreditó más que ningún otro al citado fraile, porque si la apelación era útil, debió hacerla observar; y si no lo era, no debió procurar con tanto empeño su establecimiento. Y tanto más llamó la atención este suceso, cuanto que en ninguno de los numerosos sermones que Savonarola predicó después de esta infracción legal condenó o excusó a los infractores, como quien no quiere censurar cosa que redunda en su provecho y al mismo tiempo no puede excusarla, cosa que, poniendo al descubierto su ambición y parcialidad, le hizo perder el crédito y le causó grave daño.
Perjudica también mucho a un Estado reavivar de continuo las pasiones entre los ciudadanos persiguiendo a unos u otros, como sucedió en Roma después del decenvirato. Todos los decenviros y otros ciudadanos, unos después de otros, fueron acusados y condenados, y el temor de la nobleza llegó a ser grandísimo, sospechando que si no se ponía término a aquella persecución, toda ella sería exterminada. La alarma hubiera producido perniciosos efectos en la ciudad si el tribuno Marco Duellio no la disipara con un edicto que prohibía citar ante el tribunal o causar a cualquier ciudadano romano en el término de un año, edicto que tranquilizó a la nobleza.
Este ejemplo demuestra cuán dañoso es a una república o a un príncipe tener, por continuos procesos y castigos, sobresaltados y temerosos los Ánimos de los súbditos. No puede haber cosa peor sin duda alguna, porque los hombres que viven inciertos de su seguridad personal, procuran por cualquier medio librarse de este peligro, y al efecto se aumenta su audacia y atrevimiento contra el orden de cosas establecido. Es, pues, indispensable no hacer daño a nadie o hacerlo de una vez, y después tranquilizar los ánimos con medidas que les infundan confianza.



